El fiscal José Mana pidió este viernes la elevación a juicio de la causa que investiga el accionar de los tres empleados de la Clínica Aconcagua que estuvieron la madrugada del 6 de agosto de 2020, cuando los amigos de Blas Correa llevaron al adolescente agonizando a dicho sanatorio, y no quisieron brindarle ningún tipo de atención.
Los acusados son Fernando Gabriel Casalino, Guadalupe María Laura Moya y Paola Andrea Mezzacapo. El hombre fue imputado de abandono de persona -delito que tiene una pena que va de 2 a 6 años de prisión y cuenta con agravantes que la aumentan si de él resulta un grave daño o la muerte de la víctima, como en este caso- por haber librado a su suerte al adolescente.
En tanto, las mujeres están imputadas del delito de Omisión de Auxilio – que también tiene una pena de entre 2 y 6 años de prisión- por haber omitido prestarle cualquier tipo de ayuda.
Tras meses de investigación, y la realización de dos pericias médicas interdisciplinarias practicadas por organismos del Poder Judicial -más la intervención de dos reconocidos médicos cordobeses propuestos como peritos por los imputados- el fiscal logró determinar no sólo que Valentino Blas Correa arribó con vida al Sanatorio Aconcagua, sino que se retiró del lugar con signos vitales, y que en dicha clínica no se le brindó la ayuda necesaria que la ocasión ameritaba para tratar de salvarle la vida.
De acuerdo con fuentes judiciales relacionadas con la investigación, a través de los videos internos del sanatorio y de distintas declaraciones de testigos, «la Fiscalía logró determinar que una amiga de Blas, de 17 años de edad, logró ingresar al interior del Sanatorio y con gritos de desesperación requirió una atención inmediata para su amigo, quien minutos antes había recibido el disparo de un arma de fuego policial».
«Pese a los ruegos y a los llantos de la joven -indican esos voceros haciéndose eco de la elevación a juicio-, los mismos no fueron suficientes para hacerle cambiar de opinión a Casalino, quien no se hizo cargo, so pretexto de que el hecho había ocurrido en la vía pública».
Respecto de las coimputadas Mezzacapo y Moya, el fiscal les reprocha que hayan guardado «absoluto silencio, omitiendo deliberadamente procurar cualquier tipo de auxilio inmediato para el herido».
Las súplicas de la joven se repitieron, pero ninguno de los imputados modificó su actitud ni realizó nada al respecto -como dar aviso de la situación al médico jefe de guardia o a otro profesional de la salud- privando así a Blas Correa quien luchaba por su vida en ese momento, de recibir una inmediata atención médica en el lugar, o ser derivado inmediatamente a otra institución de mayor complejidad para su atención.
Además, Mana logró determinar que Casalino salió a la calle, tomó contacto con el adolescente que agonizaba sobre el pavimento frente al sanatorio, y observó la herida que tenía por el disparo del arma de fuego. Sin embargo, inexplicablemente, lejos de hacerse cargo del herido para ingresarlo para su atención, o al menos llamar al servicio de emergencia del 107, decidió levantarlo y cargarlo «como si fuera una bolsa de papas» (según manifestaron testigos presenciales), para meterlo nuevamente en el auto.
Según el fiscal, Casalino no sólo se desentendió de su obligación, sino que dejó a Blas a cargo a dos jóvenes desesperados para que se ocuparan del traslado del herido hasta el Hospital de Urgencias, a pesar de haber advertido que el adolescente presentaba visiblemente un orificio de bala en su torso y que el auto en el que se conducían sus ocupantes no estaba en condiciones de circular, ya que presentaba cinco impactos de arma de fuego, uno de ellos en la cubierta trasera del lado del conductor, lo que impedía su normal locomoción.




































































