Luego de una semana de fuerte volatilidad cambiaria, el Gobierno lanzó este domingo y antes del inicio de la semana financiera, un DNU en donde anunció una serie de medidas que imponen una restricción a la compra de dólares para personas y empresas y la obligación a los exportadores de liquidar sus divisas.
En concreto, el Gobierno dispuso un tope de compra mensual de u$s10.000 para personas físicas. En paralelo, fuentes oficiales informaron que «no podrán realizarse transferencias de fondos de cuentas al exterior de más de u$s10.000 por persona por mes».
Sin embargo, desde el Banco Central aclararon que «nadie está limitado para extraer dólares de sus cuentas, ni personas físicas ni jurídicas» y que tampoco habrá restricciones sobre viajes.
Desde la entidad que conduce Guido Sandleris especificaron además que «las empresas no podrán comprar dólares para atesorar» y que el Banco Central deberá autorizar la compra de moneda extranjera y las transferencias al exterior en función de las condiciones vigentes en el mercado cambiario.
En tanto, aclararon que «no hay restricciones para la importación o pago de deudas a su vencimiento».
Por otra parte, se dispuso que el horario de atención público de las entidades se extenderá durante un mes: a partir del lunes, los bancos que así lo establezcan podrán permanecer abiertos desde las 10 de la mañana hasta las 17.
La decisión responde a las crecientes quejas por parte de ahorristas que en los últimos días no pudieron retirar dólares debido a la cantidad de gente que iba a los bancos.
Las 10 medidas del Gobierno:
- Los ahorristas no podrán comprar más de u$s 10.000 por mes.
- No podrán realizarse transferencias de fondos de cuentas al exterior de más de u$s 10.000 por persona por mes.
- No habrá limitaciones para extraer dólares de las cuentas ni a personas ni a empresas y no habrá restricciones sobre viajes al exterior.
- El Banco Central deberá autorizar la compra de moneda extranjera y las transferencias al exterior por parte de empresas.
- Sin embargo, las empresas no podrán comprar dólares con fines de atesoramiento.
- Los exportadores tendrán que liquidar divisas dentro de un máximo de 5 días hábiles después del cobro.
- Establece además un límite de 180 días después del permiso de embarque, que se reduce a 15 días en el caso de commodities.
- El BCRA fijará regulaciones al contado con liquidación, para evitar que se forme un mercado cambiario paralelo.
- Se podrán pagar a la AFIP las deudas de la seguridad social con los títulos públicos reperfilados.
- Se extenderá el horario de atención al público en los bancos hasta las 17 horas por un mes.
Fuente: ambito.com – iProfesional




































































