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29 DE ABRIL DE 2021•POR EL ACONTECER DE CÓRDOBA

Se quedó sin licencia de conducir por no pagar la cuota alimentaria

Debido al incumplimiento en el pago de la cuota alimentaria para su hijo adolescente, un padre vio suspendida su licencia de conducir.

Debido al incumplimiento en el pago de la cuota alimentaria para su hijo adolescente, un padre vio suspendida su licencia de conducir. Así lo dispuso el Juzgado en lo Civil y Comercial, y de Familia de 1° Nominación de Río Tercero.


La jueza Romina Soledad Sánchez Torassa, adoptó esta decisión tras constatar los reiterados incumplimientos del progenitor y su conducta renuente, que obligó a su ex pareja a solicitar diversas intimaciones y medidas al tribunal.


La magistrada subrayó la trascendencia de juzgar este caso desde la perspectiva de la infancia y adolescencia y desde la perspectiva de género, con el objetivo de afianzar la justicia en función de los valores de igualdad real.


A los efectos, destacó que "el derecho a los alimentos constituye un derecho humano, en tanto se vincula directamente con el derecho a la vida y a la dignidad de la persona" y que, por tal razón, frente al incumplimiento reiterado de la obligación alimentaria, el tribunal puede disponer medidas razonables para asegurar la eficacia de la sentencia.


En un párrafo de la resolución, la magistrada se dirigió al progenitor con "palabras claras" a fin de recordarle que su hijo requiere una alimentación nutritiva, segura y sostenible para un crecimiento saludable; "lo que implica garantizarle –al menos- cuatro comidas diarias".


Asimismo, la magistrada consideró que la ausencia de aporte alimentario por parte del alimentante conlleva a que las necesidades básicas que requiere su hijo sean solventadas por la madre, consigna Hoy Día Córdoba. En ese marco, concluyó que el incumplimiento en el pago de la cuota alimentaria afecta en forma directa su economía, subsistencia y derechos de la mujer, en tanto acarrea el peso de ser el único sostén económico de su hijo.


Por lo tanto, Sánchez Torassa consideró que esta conducta configura un supuesto de violencia económica puesto que menoscaba su patrimonio, afecta su autonomía patrimonial y la coloca en una situación desventajosa con relación al progenitor por el sólo hecho de ser madre.

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