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6 DE ABRIL DE 2020•POR EL ACONTECER DE CÓRDOBA

Rige el Certificado Único para Circulación

A partir de este lunes entró en vigencia el nuevo Certificado Único de Circulación a nivel nacional, que reemplaza los permisos establecidos anteriormente durante la cuarentena por cada distrito en particular.

A partir de este lunes entró en vigencia el nuevo Certificado Único de Circulación a nivel nacional, que reemplaza los permisos establecidos anteriormente durante la cuarentena por cada distrito en particular.


Enmarcada en la Resolución 446/2020, que responde a la emergencia sanitaria por el COVID-19, la medida busca controlar las salidas durante la cuarentena y el trámite se realiza de forma online y gratuita, ingresando a la web https://tramitesadistancia.gob.ar.

¿A quiénes está dirigido?


Según Decisión Administrativa 446/2020:

  • Personas afectadas a la realización de servicios funerarios, entierros y cremaciones.

  • Personal afectado a obra pública.

  • Supermercados mayoristas y minoristas y comercios minoristas de proximidad. Farmacias. Ferreterías.

  • Veterinarias. Provisión de garrafas.

  • Industrias de alimentación, su cadena productiva e insumos; de higiene personal y limpieza; de

  • equipamiento médico, medicamentos, vacunas y otros insumos sanitarios.

  • Reparto a domicilio de alimentos, medicamentos, productos de higiene, de limpieza y otros insumos de necesidad.

  • Servicios de lavandería.

  • Servicios esenciales de vigilancia, limpieza y guardia.

  • Guardias mínimas que aseguren la operación y mantenimiento de Yacimientos de Petróleo y Gas, plantas de tratamiento y/o refinación de Petróleo y gas, transporte y distribución de energía eléctrica, combustibles líquidos, petróleo y gas, estaciones expendedoras de combustibles y generadores de energía eléctrica.


Según Decisión Administrartiva 429/2020:

  • Industrias que realicen procesos continuos cuya interrupción implique daños estructurales en las líneas de producción y/o maquinarias podrán solicitar autorización a la Secretaría de Industria, Economía del Conocimiento y Gestión Comercial Externa, para no discontinuar su producción, reduciendo al mínimo su actividad y dotación de personal.

  • Operación de centrales nucleares.

  • Hoteles afectados al servicio de emergencia sanitaria. También deberán garantizar las prestaciones a las personas que se hallaren alojadas en los mismos a la fecha del dictado del Decreto N° 297/20.

  • Dotación de personal mínima necesaria para la operación de la Fábrica Argentina de Aviones Brig. San Martín S.A.

  • Las autoridades de la Comisión Nacional de Valores podrán autorizar la actividad de una dotación mínima de personal y de la de sus regulados, en caso de resultar necesario.

  • Operación de aeropuertos. Operaciones de garages y estacionamientos, con dotaciones mínimas.

  • Sostenimiento de actividades vinculadas a la protección ambiental minera.

  • Curtiembres, con dotación mínima, para la recepción de cuero proveniente de la actividad frigorífica.

  • Los restaurantes, locales de comidas preparadas y locales de comidas rápidas, podrán vender sus productos a través de servicios de reparto domiciliario, con sujeción al protocolo específico establecido por la autoridad sanitaria.

  • Los ministros de los diferentes cultos a los efectos de brindar asistencia espiritual, debiendo los templos ajustarse en su funcionamiento a lo estipulado en el primer párrafo del artículo 5° del Decreto N° 297/20.


Según Resolución 450/2020:

  • Venta de insumos y materiales de la construcción provistos por corralones.

  • Actividades vinculadas con la producción, distribución y comercialización forestal y minera.

  • Curtiembres, aserraderos y fábricas de productos de madera, fábricas de colchones y fábricas de maquinaria vial y agrícola.

  • Actividades vinculadas con el comercio exterior: exportaciones de productos ya elaborados e importaciones esenciales para el funcionamiento de la economía.

  • Exploración, prospección, producción, transformación y comercialización de combustible nuclear.

  • Servicios esenciales de mantenimiento y fumigación.

  • Mutuales y cooperativas de crédito, mediante guardias mínimas de atención, al solo efecto de garantizar el funcionamiento del sistema de créditos y/o de pagos.

  • Inscripción, identificación y documentación de personas.


Para tramitarlo el requisito es el DNI e ingresar el formulario en línea.

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