Personal de casas particulares percibirá un nuevo aumento
Los trabajadores del servicio doméstico reciben este mes un incremento en sus salarios.

Los trabajadores del servicio doméstico reciben este mes un incremento en sus salarios. Estará distribuido en dos tramos, de 8,5% y 4%
Tras dos reuniones la semana pasada, la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares, acordó una suba salarial para las trabajadoras y trabajadores del sector, que se hará efectivo mediante un aumento del 8,5%para julio, calculado sobre los sueldos de mayo, y otro del 4% para agosto, sobre la base de los haberes de julio.
En concreto, el incremento acumulado será del 12,84% de los salarios mínimos para las empleadas domésticas, repartido en dos veces, con base en los sueldos vigentes en mayo. Cabe recordar que en junio no hubo aumento y se mantuvieron los valores del mes anterior.
Vale destacar que las trabajadoras del servicio doméstico que cobran por día o por semana, tienen que recibir el aumento a partir del 1 día del mes.
En tanto, el personal mensualizado lo cobra, recién, con el sueldo mensual, al finalizar el mes o los primeros días del mes siguiente.
¿Cuánto cobra una empleada doméstica en agosto?
Las trabajadoras de casas particulares que presenten servicios mensuales accederán en agosto a las liquidaciones salariales con el primer tramo de aumento del 8,5%.
| Categoría | Con retiro (mensual) | Sin retiro (mensual) |
| Categoría Primera | 379.070,00 | 422.241,00 |
| Categoría Segunda | 352.177,00 | 392.034,00 |
| Categoría Tercera | 343.606,00 | |
| Categoría Cuarta | 343.606,00 | 382.912,00 |
| Categoría Quinta | 309.001,00 | 343.606,00 |
¿Cuánto cobra por hora una empleada doméstica?
La Unión del Personal Auxiliar de Casas Particulares (U.P.A.C.P.) suscribió a una suba del 8,5% del valor de la hora de julio para las trabajadoras de casas particulares.
| Categoría | Con retiro (hora) | Sin retiro (hora) |
| Categoría Primera | 3.038,00 | 3.327,00 |
| Categoría Segunda | 2.876,00 | 3.154,00 |
| Categoría Tercera | 2.716,00 | |
| Categoría Cuarta | 2.716,00 | $ 3.038,00 |
| Categoría Quinta | $ 2.519,00 | $ 2.716,00 |