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2 DE SEPTIEMBRE DE 2024•POR EL ACONTECER DE CÓRDOBA

El Gobierno oficializó el veto a la movilidad jubilatoria

Se formalizó este lunes a través del decreto 782/2024, que veta la Ley 27.456, la misma disponía una recomposición del 8,1% para este año en los haberes previsionales

Se formalizó este lunes a través del decreto 782/2024, que veta la Ley 27.456, la misma disponía una recomposición del 8,1% para este año en los haberes previsionales

A través de la publicación en el Boletín Oficial, este lunes se formalizó el decreto 782/2024 del presidente Javier Milei, que vetó la Ley 27.756, que aprobó el congreso el 22 de agosto y disponía una recomposición del 8,1% para este año en los haberes previsionales.

"A los fines de que el país continúe en la senda de la estabilidad y el crecimiento, corresponde que el Poder Ejecutivo Nacional recurra a la herramienta constitucional del veto total de la iniciativa legislativa que le ha sido remitida", dice sobre el final el texto publicado este lunes en el Boletín Oficial para plasmar lo que el presidente Milei ya había anticipado.

"Se trata de un gasto que, por su efecto acumulativo, se incrementaría año tras año, condenando a nuestros jóvenes a más emisión, deuda, inflación y pobreza", argumenta el Gobierno entre sus considerandos para vetar la ley.

Ahora, el texto de la ley es remitido de nuevo al Congreso. Según el artículo 83 de la Constitución nacional, cuando se desecha un proyecto sancionado o se lo observa parcialmente, vuelve a la cámara de origen (en este caso, Diputados), que tiene la facultad de insistir con su redacción original. Pasa por comisiones y, de obtener de nuevo dictamen, debe convalidarse en el recinto por mayoría.

Al mismo tiempo, a través de otra disposición publicada en el Boletín, se mantiene para septiembre el bono extra de ayuda a los jubilados y pensionados en $70.000, mismo monto desde hace meses.

Según lo establecido en el decreto oficial, son beneficiarios de este bono las personas titulares de las prestaciones contributivas previsionales a cargo de la ANSES, las personas beneficiarias de la Pensión Universal para el Adulto Mayor, instituida por el artículo 13 de la Ley N° 27.260 y sus modificatorias, los beneficiarios de pensiones no contributivas por vejez, invalidez, madres de siete hijos o más y demás pensiones no contributivas y pensiones graciables, cuyo pago se encuentra a cargo de ANSES.

Asimismo se dispone que aquellos titulares que por la suma de los haberes de todas sus prestaciones vigentes perciban un monto menor o igual al haber mínimo previsional garantizado, también serán alcanzados por el bono.

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